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¿PRÉSTAMO O DONACIÓN (ANDALUCÍA)? En el contexto andaluz, cuando nos adentramos en el terreno de los préstamos entre particulares y las donaciones, se despierta el interés fiscal. En el caso del préstamo, hay una grata noticia: aunque esté sujeto a tributación, se encuentra exento del impuesto de transmisiones patrimoniales. Esto significa que el receptor no tendrá que desembolsar ninguna suma de dinero. Además, es importante señalar que la forma de devolución no es examinada detalladamente por la Agencia Tributaria. En este escenario, la carga financiera se aligera, y la simplicidad prevalece en este rincón del panorama tributario andaluz. Sólo se requiere un contrato de préstamo entre particulares en el que incluya los datos de prestamista y prestatario, la cantidad prestada, la forma de devolución, la fecha y las respectivas firmas. Posteriormente habrá que realizar y presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Agencia Tributaria de Andalucía. En el contexto de las do
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 Entrada y registro del domicilio. NULIDAD DE LA PRUEBA. Imagen de la entrada y registro a una vivienda | ANTONIO VÁZQUEZ El objeto de esta publicación es analizar las pruebas obtenidas ilícitamente en un registro de un domicilio. Este es un tema que da mucho de qué hablar y que no es fácil de sintetizar, por lo que sólo vamos a dar unas pequeñas pinceladas que esperamos os sean de ayuda. El acusado parte de una posición de inocente que debe ser desvirtuada con las pruebas aportadas al procedimiento. Estas pruebas deben obtenerse con escrupuloso respeto a la norma y respetando los derechos fundamentales. Si existe vulneración de derechos fundamentales en su obtención, la prueba es ilícita y por tanto nula, o lo que es lo mismo, salvo excepciones que veremos posteriormente, se aplica la regla de exclusión probatoria. No podemos hablar de prueba ilícita sin mencionar la Teoría del fruto del árbol envenenado.  Según esta teoría, que se aplica en múltiples países, cualquier prueba obtenida